El 20 de abril de 1994 se inició un proceso de desarrollo institucional y de ciudadanía radical que modificó el ejercicio de la política en Bolivia. Con la promulgación de la Ley de Participación Popular, y al territorializarse el ejercicio del poder público, se generó la reestructuración política y administrativa del Estado, se abrió la participación real y efectiva de los ciudadanos en la gestión de su futuro. Fácil decirlo 18 años después, cuando cumple su mayoría de edad.
La Ley de Participación Popular se había propuesto lograr:
a) cercanía y presencia ciudadana en los niveles de decisión,
b) establecimiento de mecanismos de contraloría social,
c) creación y fortalecimiento de instrumentos para lograr democracia participativa,
d) recuperación del poder territorial fortaleciendo los municipios,
e) reconocimiento y potenciación de las comunidades de base en niveles vecinales, campesinos e indígenas,
f) articulación de los niveles territoriales del Estado a través de la descentralización y/o desconcentración de la administración pública que favorezcan justicia y equidad social, y
g) respeto a la diversidad organizativa y social.
Aunque la Ley de Participación Popular se encuentra derogada y sus principios han sido incluidos en la Ley Andrés Ibáñez (de Autonomías y Descentralización), su ejercicio se ha convertido en “proceso”, con plena vigencia en el imaginario y la práctica de la gestión pública municipal y en la vida cotidiana de los ciudadanos del país. Esta situación se evidencia en resultados que se iniciaron con su puesta en marcha:
1) Poder político e inclusión social: reconocimiento de la sociedad civil organizada, con participación en la gestión pública, a través de comunidades indígenas originarias, comunidades campesinas, juntas vecinales, organizaciones productivas, integradas a los comités de vigilancia.
2) Reconocimiento del Estado territorial: reconocimiento del nivel municipal en la estructura y organización del Estado boliviano: 337 gobiernos autónomos municipales, conformados por un nivel ejecutivo y un nivel legislativo, administrando territorios.
3) Transferencias de competencias y atribuciones para cumplir con las funciones del Estado en el nivel básico de la demanda: salud, educación, cultura, deportes, caminos vecinales, riego, desarrollo económico, entre otros.
4) Transferencia de recursos económicos en una proporción del 20% de la coparticipación tributaria —recursos de la Participación Popular— a los gobiernos municipales y reconocimiento de recursos propios.
La vigencia del proceso de Participación Popular cambió el escenario político del Estado, y queda un conjunto de evidencias demostrables:
a) Transfiere de forma automática el 20% de los impuestos nacionales (coparticipación tributaria) a los gobiernos municipales, y persiste como una de las medidas de descentralización económica más importantes de América Latina y permite una presencia efectiva del Estado en toda la geografía nacional: se pasó de 24 municipios que administraban recursos a un total de 337 en la actualidad.
b) Transfiere el 100% al nivel local de las recaudaciones de impuestos a inmuebles, vehículos y transferencias de bienes de dominio municipal.
c) Antes sólo el 3% de la inversión pública era ejecutada por el nivel municipal. Ahora, más del 30% de la inversión es ejecutada por los gobiernos municipales.
d) Transfiere competencias a los gobiernos municipales descentralizando responsabilidades en los sectores de salud, educación, deportes, cultura, riego, caminos vecinales y desarrollo económico local.
e) El reconocimiento y el respeto de los usos y costumbres locales, que transforma a las organizaciones territoriales de base (OTB) en el sujeto de derecho de la ley: más de 20 mil personalidades jurídicas reconocidas a comunidades indígenas, campesinas y juntas vecinales.
f) Son electos alcaldes y concejales, representantes de juntas vecinales, comunidades campesinas y pueblos indígenas, que en el proceso y en la actualidad han ocupado y ocupan cargos como asambleístas departamentales y nacionales, diputados, senadores, autoridades regionales y nacionales, diplomáticos, gobernadores, entre otros cargos.
g) Institucionaliza la obligatoriedad de la planificación participativa en todos los gobiernos municipales del país, y abre espacios para la participación ciudadana y el control social organizado de los comités de vigilancia, además de rescatar el principio de planificación de mediano y largo plazo en la gestión pública.
h) Incentiva el trabajo horizontal interinstitucional a través de diferentes mecanismos de asociatividad municipal, permite la creación de 85 mancomunidades municipales, nueve asociaciones departamentales y una Federación de Asociaciones Municipales (FAM).
i) Incentiva la coordinación entre niveles de gobierno incorporando como mandato la autonomía, y la inversión concurrente como mecanismo de orientación y de mayor eficacia de la inversión pública.
j) Permite avances significativos de términos de inclusión social con más del 59% de los munícipes reconocidos como indígenas y la participación de la mujer en la gestión pública, aumentándola en un 100%.
k) Fortalece la gobernabilidad democrática al basarse en la legalidad y legitimidad del municipio.
l) Acerca la administración del Estado al ciudadano, facilitando el cumplimento de derechos y obligaciones.
m) Abre espacios para la articulación público-privada en el ámbito local y permite la promoción del desarrollo económico como instrumento que pone en valor las potencialidades locales, para dinamizar la economía y la valoración y rescate de la cultura.
n) Sienta las bases para el pluralismo político, permitiendo que la opción ciudadana sea real en los ámbitos locales.
Como todo proceso social ejecutado por la gente, enfrentó dificultades y contradicciones y dejó en evidencia fallas estructurales. Sin embargo, y lejos de las pasiones generadas por la “ley maldita”, la Participación Popular se afirma como el instrumento de desarrollo social y político de la Bolivia democrática, al haber permitido la cohesión territorial, la cohesión social e integrar la competitividad y complementariedad de los territorios. Sin duda, sobre esas categorías se asienta la construcción de la sociedad democrática en la que queremos vivir.Que conste en acta.